Elena Rojas, Zamora
“Autoridades deben evitar prescindir de los policías estatales, municipales o elementos de instituciones de seguridad publica pertenecientes al estado; por querer meter gente por compromisos, compadrazgos, amiguismos, nepotismo, etc., o alguna otra cuestión que no tenga que ver con el desempeño de sus funciones. De lo contrario caerían en una sanción jurisdiccional, es decir, se le condenaría al pago de las prestaciones a favor del trabajador y la autoridad se podrá ver sometida a un procedimiento de demanda, la cual concluye generalmente con una sentencia”, señaló Felipe Armando Ruiz Villaseñor, defensor jurídico regional del Tribunal de Justicia Administrativa (TJA) en el estado de Michoacán.
Indicó que generalmente durante los cambios de administración pública es cuando más se ve este tipo de situaciones, por tanto dijo que en caso de que la autoridad cese de sus funciones sin una justificación a algún elemento de seguridad, este, en caso de no poder contratar un abogado particular por su propia cuenta, debe de acudir con su baja a las instalaciones de esta defensoría jurídica regional ubicada en Virrey de Mendoza N° 23 interior 104.
Reiteró “ahora que está por ocurrir el cambio de administración municipal, tenemos competencia para brindar el servicio a aquellos elementos de la policía municipal o estatal o de las instituciones de seguridad pública que sean despedidos de su función sin causa justificada. En lugar de acudir ante el Tribunal de Justicia, nosotros tenemos competencia para representarlos ante el Tribunal de Justicia Administrativa”.
Agregó que “aun y cuando se suceda el cambio de administración, no quiere decir que las demandas no se van a cumplir, sino la autoridad que los sustituya que entra a partir de septiembre tendrá que dar cumplimiento a cualquier resolución que se dicte en determinado caso en contra del propio ayuntamiento o la presidencia municipal, o de la autoridad que se trate. Se sustituyen las personas físicas, pero queda el ente moral para dar cumplimiento con las resoluciones que se lleguen a determinar”.
Mencionó que desde que asumió el cargo de mayo a la fecha no se ha tenido ninguna queja de algún elemento por despido “esperemos que cuando entre la nueva administración no se tomen esas medidas de correr gente o prescindir los servicios de algunos elementos nada más por capricho. Cuando se trata de otro tipo de trabajadores por despido, nosotros no tenemos competencia, para ello está el tribunal burocrático”.
Toda vez que dijo “cualquier otro tipo de trabajador que sea despedido se verá regulado por el artículo 123 apartado B de la constitución y la ley aplicable será la ley de los trabajadores al servicio del estado y sus municipios”.
Cabe señalar que tan solo en 2014 se presentaron 10 demandas de elementos de seguridad pública por despido injustificado de los municipios de Zamora, Sahuayo e Ixtlán, entre otros. “7 de estas siguen en proceso; y las otras 3 ya están resueltas, pero la autoridad condenada al pago opto por recurrirla a través del juicio de amparo por tanto aún están pendientes por resolverse sobre la constitucionalidad o inconstitucionalidad de la sentencia por parte del tribunal de amparo”, finalizó.
Numeraria
10 demandas por cese injustificado de policías se presentaron en esta defensoría en 2014