-Empleados pueden reclamar ese derecho sin temor a represalias
-Son al menos 15 días de salario los que tienen que recibir en una sola exhibición
-Pueden denunciar ante instancias respectivas falta de cumplimiento de la prestación
Oscar De La Rosa, Zamora
Los patrones deben cumplir con el pago de aguinaldo a los trabajadores a más tardar el próximo 20 de diciembre. Los empleados pueden reclamar ese derecho, establecido en la Ley Federal de Trabajo, sin temor a represalias como el despido o un cambio en su puesto de trabajo.
Son al menos 15 días de salario los que tienen que recibir en una sola exhibición hasta antes de la fecha establecida para que los patrones no corran el riesgo de ser sancionados por las instancias respectivas, en el caso de que el trabajador se decida a interponer una demanda laboral por incumplimiento del pago de aguinaldo.
“El punto principal es que los trabajadores se animen a poner la denuncia ante la junta local de conciliación y arbitraje para que reclamen lo que por derecho les pertenece. Es una situación complicada porque en muchas de las ocasiones por ignorancia y miedo no proceden con este paso”, puntualizó Miguel López Mora, secretario general de la Confederación de Trabajadores de México (CTM) en la región de Zamora.
Comentó que en muchas de las ocasiones los trabajadores son notificados por sus patrones de recibir su aguinaldo en dos exhibiciones. Si el obrero está de acuerdo en aceptar esas condiciones, se puede realizar, siempre y cuando no rebase el límite marcado por la Ley Federal de Trabajo, porque de lo contrario habría problema en ese respecto.
“Lo que piden los trabajadores es lo justo y no una compensación adicional por sus servicios prestados en su centro laboral. Los propietarios de las empresas deben ser conscientes de que anualmente se tiene que cumplir con todas las prestaciones establecidas, así como con los incrementos salariales de inicio de año”, dijo.
Finalmente dijo que de allí se desprende una necesidad importante de que el trabajador se informe y principalmente que tenga el carácter para tomar decisiones en el caso de reclamar los derechos que por ley le corresponden, de lo contrario, los patrones actúan de acuerdo a sus conveniencias e intereses personales.
Numeraria
-15 días de salario se deben percibir por aguinaldo