José Guerra, Venustiano Carranza
Al menos dos de cada diez casos presentados ante la visitaduría agraria son referentes a trámites de documentación de Pequeña Propiedad por lo que estos casos deben ser conocidos por un juzgado en materia civil, señalaron las autoridades agrarias.
“Nosotros nos ocupamos de lo que es lo agrario, parcelas, asentamientos humanos que no se delimitaron al interior sino en el perímetro y que siguen siendo ejidales y las tierras de uso común” señaló el visitador agrario Raúl López García al agregar que existen sin embargo muchas porciones de pequeña propiedad, es decir, personas que cuentan con parcelas escrituradas y para cuyos trámites se tiene que recurrir a los defensores de oficio de los municipios o los que prestan sus servicios para los DIF municipales o en su defecto recurrir a un litigante particular.
En estos casos, destacó el funcionario, la función de la procuraduría agraria se remite solamente a asesorar a los pequeños propietarios sobre los procedimientos conducentes sin embargo ello tendrá que ser litigado por un abogado de lo civil con los costos que ello implica.
Debido a que la mayoría de los solicitantes en materia agraria son personas de bajos recursos, López García, estimó que en cada municipio debería haber una dependencia del orden municipal para la realización de trámites de este tipo para que los agricultores no tuvieran que realizar desembolsos.
“Es gente de bajos recursos que no tiene para solventar un juicio para regularizar su propiedad y si hay abogados de oficio que puedan ayudar pues entonces esta gente no tendría que realizar estos gastos salvo los gastos normales como copias o certificaciones”.