– Esta es la lista de los que van a vigilar el Proceso Electoral 2023 – 2024
Redacción, Zamora
Según acuerdo IEM-CG76/2023, el Instituto Electoral de Michoacán (IEM) designó a los ciudadanos integrantes de sus órganos desconcentrados de los distintos distritos de la entidad.
En el caso del distrito 06 con cabecera en Zamora, quedaron los siguientes ciudadanos como integrantes:
Presidencia: Manuel Osvaldo Luna Razo
Secretaría: Selene Flores Ayala
Vocalía de Organización Electoral: Christian Gutiérrez Sedano
Vocalía de Capacitación Electoral y Educación Cívica: María Susana Hernández Gómez
Consejería Propietaria: Alejandro Torres Verduzco
Consejería Propietaria: Aziyadeth Garay García
Consejería Propietaria: Felipe Nambo Ascencio
Consejería Propietaria: María Del Carmen Rodríguez Magallón
Consejería Suplente: José Arellano González
Consejería Suplente: Ana Rosa Verduzco Vega
Consejería Suplente: Juan Hugo Celaya Magaña
Consejería Suplente: José Luis Guillen Barajas
Por lo que corresponde al distrito 07 con cabecera en Zacapu, pero referente a la oficina en Jacona, así quedan:
Presidencia: María Del Carmen Gil Ceja
Secretaría: Aldo Raynier Martínez González
Vocalía de Organización Electoral: Mayra Rocío Gómez Mejía
Vocalía de Capacitación Electoral y Educación Cívica: Araceli Del Rio Tijero
Consejería Propietaria: Jorge Aviña López
Consejería Propietaria: Marisol Jerónimo
Consejería Propietaria: Claudia Méndez Soria
Consejería Propietaria: Cesar Manuel Cabrera García
Consejería Suplente: Mario Alfonso Pérez Fernández
Consejería Suplente: María Guadalupe Luna Ascencio
Consejería Suplente: Wendy Karen Puga Cacho
Consejería Suplente: Cesar Isidro Zepeda Sandoval
Cabe mencionar que los lineamientos establecen que, en cada uno de los distritos electorales y municipios, el IEM contará con un órgano desconcentrado denominado Comité Distrital Electoral o Comité Municipal Electoral, de los cuales, 24 serán distritales y 92 municipales, que funcionarán durante el tiempo que dure el proceso electoral.
Conforme en lo establecido en el artículo 58 del Código Electoral, los órganos desconcentrados deberán ser instalados e iniciar sesiones y actividades, a más tardar el 15 de diciembre de 2023.