-Las sanciones van de de 12 mil a 69 mil pesos a quienes no cumplan
-Sin duda esto perjudica al pequeño comercio
Elena Rojas, Zamora
De acuerdo a la fracción quinta del artículo 29 del Código Fiscal Federal, todos los comercios, tanto de los contribuyentes que pertenecen al Régimen de Incorporación Fiscal como las personas físicas y morales del régimen general, están obligados a expedir factura en caso de que el cliente lo solicite. No importa de cuánto sea el monto, pues no hay un mínimo de factura, “pues hasta por comprar unos chicles, si el cliente lo desea, puede solicitar este comprobante fiscal digital, que el dueño o la persona que esté al frente del establecimiento está obligado a entregárselo”, señaló Rodolfo Méndez López, director de MH&M asociados.
“De no cumplir con esta disposición la ley contempla sanciones que van de 12 mil a 69 mil pesos, lo cual para un pequeño comercio resultaría casi imposible de pagar. Inclusive hasta les pueden clausurar el negocio “, comentó.
Añadió “afortunadamente no ha venido Hacienda a revisar que todos los negocios cuenten con las herramientas tecnológicas para emitir su factura, sin embargo, si se recibe alguna queja de alguien que no esté cumpliendo, tendrían que multar a esa persona”.
Aseveró que hay muchos negocios renuentes a expedir factura, lo cual obedece a lo siguiente: “no existe una cultura de poder tener en orden en el sentido administrativo los negocios. Además para poder hacer una factura se requiere de cierto conocimiento básico sobre el uso de una computadora, se debe también contar con una impresora. Sobre todo para los pequeños comercios resultara absurdo emitir factura, tan sólo por el tiempo que van invertir, el uso de papel y por ser algo nuevo para ello que va a costar trabajo. Hace falta más capacitación y poder abaratar lo que se requiere para ellos. Porque para un negocio pequeño el hecho de contar con una computadora y una impresora implica un gasto. Ese es el gran reto que tiene el SAT para poder avanzar en eso”.
Por tanto dijo “urge que el SAT que a los comerciantes en pequeño los exima de esa obligación en importes pequeños, pues podrían dejar de atender a su clientela por el tiempo que les requiere al elaboración de la misma”.
Indicó “A lo que quiere llegar el fisco con esta disposición es que todo lo que los negocios vendan, lo declaren mediante las facturas que emiten y los compradores lo deduzcan. De tal manera que todos contribuyamos de esta forma al gasto público, porque históricamente muchos puestos ambulantes y en pequeño evaden impuestos”.
“El hecho de que todos contribuyamos al gasto público podrida generar que los impuestos disminuyan a futuro y sean más equitativos para que todos nos veamos beneficiados. Lógicamente es una cultura que se debe generar a largo plazo. Se debe empezar a cambiar esa mentalidad, pero eso va para rato”, finalizó.
Numeraria
29, artículo del Código Fiscal Federal contempla que todo comercio está obligado a expedir factura
Facturación electrónica obligatoria aún en compras de montos pequeños
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