-De lo contrario tienen un año para reclamarlo
Elena Rojas, Zamora
“De acuerdo a la Ley Federal del Trabajo en su artículo 87, los trabajadores tienen derecho a un aguinaldo anual que debe pagarse antes del 20 de diciembre, equivalente a 15 días de salario. Esto es en el caso de los trabajadores que tengan un año laborando; los que tengan menos les corresponde su parte proporcional, por ejemplo si laboran 6 meses les corresponden 7.5 días” señaló María Elena Lacea Méndez, presidente de la Junta Especial 6 de la Local de Conciliación y Arbitraje.
Indicó que los trabajadores a partir de20 de diciembre tienen un año para reclamar su aguinaldo en la vía jurisdiccional, es decir ante esta junta, a través de una demanda, “ya en el juicio los patrones demuestran si les fue cubierto o no ese pago. Si demuestran con un recibo que sí cumplieron con esa obligación, entonces no condenamos al pago de dicha cantidad. La cantidad que debe cubrir el patrón al empleado en caso de incumplimiento se determina en el laudo”.
Comentó que comúnmente la mayoría de los trabajadores a los que no se les cumplió con el pago de su aguinaldo acuden a la Procuraduría de la Defensa del Trabajo a efecto de que el procurador interceda por ellos y llame a los patrones a que cumpla con su pago, sin necesidad de tramitar todo el juicio, “en la mayoría de los casos tras presentar su queja en esa dependencia sí se llega a un convenio, de lo contrario presentan la demanda ante esta Junta de Conciliación”,
“Otra alternativa que tienen los trabajadores es acudir con un abogado particular y que este presente una demanda en esta junta. En la primera audiencia tratamos de que lleguen a un acuerdo conciliatorio que es lo ideal”, citó.
Indicó que en la Ley Federal del Trabajo del artículo 992 al 1010 se refiere a las responsabilidades y sanciones, “lo más sancionado es que se pague a los trabajadores un salario menor al mínimo. Va de prisión de 6 meses a 3 años y multa de hasta 800 veces el salario mínimo, hasta prisión de 6 meses a 4 años y multa por 3 mil 200 veces el salario mínimo”.
Señaló que el INEGI pública anualmente cuales son las ramas de la industria que más son demandadas por incumplimiento de las obligaciones patronales, “en el caso de esta región por ser una zona comercial, son precisamente los comercios los giros más demandados”.
Finalizó al decir “si los empresarios cumplen con sus obligaciones con los trabajadores de pagarles en forma oportuna tanto el salario, como las prestaciones que generan y sobre todo tienen sus documentos en orden tanto fiscales, de seguridad social y laborales evitaran a futuro cualquier problema legal”.
Numeraria
33 municipios abarca este junta