EL MEJOR perfil para dirigir las riendas a nivel nacional del Partido de la Revolución Democrática (PRD), en miras a las elecciones en Michoacán de 2015 y federal del 2018, es el del ingeniero Cuauhtémoc Cárdenas Solórzano, consideró el dirigente municipal de este partido en Charo, Mauricio Prieto Gómez, luego de que el Congreso Nacional de este instituto político aprobara este domingo la reelección de ex dirigentes……….PRIETO Gómez, aplaudió que a consecuencia del Congreso Nacional de su partido, se haya aprobado la derogación del artículo 107 y modificación del 209, lo que permitirá que el fundador y líder moral del PRD pueda asumir la dirigencia del partido, esto como candidato de unidad………..”LA LLEGADA del ingeniero Cárdenas como candidato de unidad a la dirigencia del partido, podrá sin dudas fortalecer al partido y llevarlo sólido a la victoria en las elecciones que se llevarán a cabo en la entidad en el 2015 y en el 2018 cuando se renueve al titular del Poder Ejecutivo Nacional”……….EN ESTE sentido, Mauricio Prieto refirió que de llegar Cuauhtémoc Cárdenas a la dirigencia nacional del Sol Azteca, generará un impacto positivo entre los michoacanos, lo que va a permitir el regreso del PRD al Solio de Ocampo, y de esta forma “demostrar que la mejor opción que tienen los michoacanos y los mexicanos se llama PRD”…………FINALMENTE recalcó que si no hay unidad entre los perredistas, no se deja a un lado los intereses personales y las disputas entre las tribus internas del PRD, no se podrán recuperar los espacios perdidos en todas las regiones de la entidad; debemos, puntualizó, ser humildes para enfrentar los retos que se tiene como partido……….QUÉ GANAS de querer distraer la atención por parte de los Senadores del PAN y por otra atizarle al gobierno de Michoacán, los blanquiazules insisten en la especulación de desaparecer los poderes en la entidad……… DESDE Miguel Ángel Osorio Chong, Secretario de Gobernación, José Murillo Karam, Procurador General de la República, Manlio Fabio Beltrones, Emilio Gamboa, Cesar Camacho Quiroz e incluso panistas como Alfonso Martínez o perredistas como Fidel Calderón, consideraron que esta no es la solución a la problemática que vive el Estado……..ADEMÁS Juristas y académicos explicaron que si bien es cierto que el artículo 76 de la Constitución establece como una facultad del Senado abordar o declarar en el tema de la desaparición de poderes de un Estado, no es lo mismo que determinarla………….ES POR eso que la ley Reglamentaria de ese artículo de la Constitución en la fracción V de su Artículo 2º establece que para ello, los requisitos son únicamente en los casos de que los titulares de los poderes constitucionales: I.-QUEBRANTAREN los principios del régimen federal. Lo que no aplica, pues los tres poderes públicos (Legislativo, Ejecutivo y Judicial) de Michoacán, en ningún momento se han desprendido del Pacto Federal, continúan operando como Gobierno de una Entidad que pertenece a una República Federal y respetan la Constitución Política Federal que es la Ley suprema de la Nación, así como todo el marco jurídico de México…………II.-ABANDONAREN el ejercicio de sus funciones, a no ser que medie causa de fuerza mayor. Lo que no aplica, pues en ningún momento han abandonado sus funciones como gobernantes los integrantes de los tres poderes públicos………… III.- ESTUVIEREN imposibilitados físicamente para el ejercicio de las funciones inherentes a sus cargos o con motivo de situaciones o conflictos causados o propiciados por ellos mismos, que afecten la vida del Estado, impidiendo la plena vigencia del orden jurídico. No aplica, pues ninguno de los integrantes de los tres poderes públicos (Diputados locales, Gobernador, Magistrados y Jueces), están imposibilitados físicamente para trabajar, y mucho menos, todas estas personas han generado o propiciado conflictos que afecten la vida del Estado o la vigencia de las leyes de la Entidad………….. IV.- PRORROGAREN su permanencia en sus cargos después de fenecido el período para el que fueron electos o nombrados y no se hubieran celebrado elecciones para elegir a los nuevos titulares. Sencillamente no aplica, pues ninguno de estos gobernantes se ha aferrado a su silla………..V.- PROMOVIEREN o adoptaren forma de gobierno o base de organización política distintas de las fijadas en los artículos 40 y 115 de la Constitución General de la República. No aplica, pues ninguno de los integrantes de los tres poderes públicos ha negado que los michoacanos son parte de una República representativa, democrática, laica, federal, compuesta de Estados libres y soberanos en todo lo concerniente a su régimen interior; pero unidos en una federación establecida según los principios de la Constitución federal (Artículo 40), y tampoco han negado que todos los michoacanos viven y forman parte de municipios, que son las células base de la organización política y social de México.