-Ahora tienen hasta el 31 de marzo
Elena Rojas, Zamora
Contribuyentes con ingresos anuales menores de 2 millones de pesos que desean beneficiarse con no pagar ISR durante el año 2014, ahora tienen hasta el 31 de marzo para que lo notifiquen al Servicio de Administración Tributaria (SAT), de esa manera poder quedarse dentro del régimen de incorporación fiscal que los exime pagar el gravamen arriba descrito.
Como lo informó El Independiente en su oportunidad, el plazo antes era al 31 de enero del presente año, pero por problemas al acceder a la página de internet www.sat.gob.mx es que las autoridades fiscales decidieron recorrer el plazo; quienes estén interesados deben registrar en ese sitio su CURP y obtener una contraseña que les permitirá realizar el trámite o de lo contrario pasaran al régimen general que los obliga a pagar hasta el 35 por ciento de ISR, según el monto reportado de ingresos.
Así lo informó el contador Rodolfo Méndez López, director del despacho de consultoria M&HM S.C, dijo “era una fecha que ya estaba encima y que se dificultó su acceso, por eso se tuvo que prorrogar, debido a que el SAT no tenía previsto la carga que se viene porque todos los que anteriormente estaban en el régimen de pequeños contribuyentes (REPECOS) ahora quedan en el régimen de incorporación fiscal y todos los que estaban en el intermedio también se quedan en dicho régimen, lo cual es mucho movimiento y la mayoría de esos contribuyentes no tienen el conocimiento, además la Secretaría de Hacienda tampoco tiene la capacidad de atender a tanta gente”.
Reiteró que todas las personas físicas con ingresos anuales inferiores a 2 mdp en el 2013 deben estar en el régimen de incorporación fiscal, siempre y cuando lo notifique “dentro de este régimen hay dos vertientes: los que tienen necesidad de facturar y los que no tienen esa obligación. Estos únicamente deben informar al fisco de sus operaciones, mínimo una factura electrónica al bimestre donde den a conocer sus ingresos y gastos. Aquí generalmente se agrupan los pequeños negocios”, comentó.
Añadió que los que tengan la necesidad de hacer una facturación electrónica tendrán la obligación de llevar una contabilidad en la que también le van a declarar al fisco sus ingresos y egresos por medio de la página.
Precisó que las personas físicas que utilicen un título profesional para ejercer o que tengan una actividad empresarial con ingresos superiores a los 2 mdp estarán dentro del régimen general de ley que los obligará a pagar el 35 por ciento de ISR en este año.
Por ello los exhortó a los contribuyentes a aprovechar este beneficio y lo notifiquen de inmediato, antes de la fecha aquí señalada “dentro de este ejercicio no pagarán nada de ISR, en el 2015 empezarán a pagar con una tasa del 10 por ciento, en el 2016 el 20 y posteriormente pagara el común del régimen general que puede llegar hasta el 35 por ciento”, finalizó.
Numeraria
31 de marzo vence plazo