-7 de cada 10 mujeres divorciadas la exigen
Elena Rojas, Zamora
Siete de cada diez mujeres que se divorcian demandan la pensión alimenticia de sus hijos. Por lo que esta situación ha ido a la alza, derecho que por ley le corresponde a los infantes. Se trata de mujeres que en muchos de los casos ya tiene 2 o más hijos menores”, señaló Francisco Manuel Cárdenas Arriaga, abogado titular del despacho jurídico civilistas especializados en el migrante.
Indicó, “el código familiar del estado y la ley civil tienen una prioridad en la salvaguarda de los intereses y de los derechos de los menores, por lo que acceder a la justicia para solicitar lo que a derecho les corresponde a los niños, es fácil.
Sin embargo, agregó, cuando los conyugues están separados es cuando los menores se vuelven más vulnerables, porque son los más afectados, “y es en el medio citadino donde más se agudiza esta falta de obligación por parte del padre para con el hijo”.
Dijo que la ley no impone un término preciso de cada cuando se le debe suministrar el recurso para el alimento al menor, “pero normalmente se debe hacer semanal o quincenal, mediante diversas modalidades, ya sea en depósito a una cuenta bancaria, en resguardo en los juzgados civiles o recogerse en efectivo”.
Detalló que la unidad de medida, traducida en pesos, que debe el padre de familia garantizarle al menor para su alimentación es de 2 mil 700 pesos mensuales, que es el mínimo que el juez está decretando por ley para alimentos hacia un menor, y el máximo ya dependerá de la capacidad económica del deudor alimentario, como de la capacidad de requerirlos de quien tiene derecho a recibirlos.
Si la persona que está obligado a darlos tiene un ingreso lo suficientemente alto irá subiendo en proporción a su capacidad dador, “cabe mencionar que la cantidad mínima señalada es la que se está solicitando en la mayoría de los casos, toda vez que las personas que están en esta situación no tienen un ingreso muy alto, ya que la precariedad económica es una de las principales causas que orilla al divorcio”.
Indicó que menos de la mitad de los varones que evaden esta responsabilidad están en nómina, “por lo que a la hora de llevar el proceso en el juzgado, el juez requerirá a la fuente laboral para que manifieste cual es el ingreso de esta persona. Eso a los abogados nos facilita las cosas porque por ley directamente puede embargar un porcentaje del salario”.
Por otro lado, en otras circunstancias, no hay una manera fiable de comprobar el ingreso de las personas, por su informalidad laboral, “sin embargo, eso no debe ser un factor para que evadan su responsabilidad. Si no están en disposición de otorgar ya sea en especie o en efectivo la ministración de alimentos es cuando se puede proceder para tomar bienes en garantía para que quede asegurada la pensión de los menores. El proceso de demanda de pensión alimenticia tarda en promedio 4 meses”, concluyó.