-Deben tener ingresos anuales no mayores a 2 mdp
-Para estar en la formalidad y como parte del programa crezcamos juntos
Elena Rojas, Zamora
El Servicio de Administración Tributaria (SAT), a través de Luis Alberto Curiel Trejo, administrador de servicios al contribuyente en Michoacán, invitó a las personas físicas que tengan un negocio y que sus ingresos anuales no excedan los 2 millones de pesos a que se inscriban ante el registro federal del contribuyente en el régimen de incorporación Fiscal (RIF) en la página sat.gob.mx para ingresar a la formalidad.
Esto como parte del programa crezcamos juntos, cuyo objetivo es fomentar la formalidad, la tranquilidad, coadyuvar al crecimiento económico de os negocio y ayudar a los contribuyentes al cumplimiento de sus obligaciones fiscales, información que también se puede encontrar en la página de internet sat.gob.mx, en las redes sociales de facebook y twitter y además de forma gratuita se puede recibir dicha información en el 015562722728
Señaló que entre las facilidades de darse de alta ante el RiF está que en el primer año les permite capitalizarse, “se podrán incrementar las ventas, ya que se podrán expedir comprobantes fiscales”.
Agregó, “además les va a llevar a cabo una transición ordenada al cumplimiento de sus obligaciones fiscales. Por lo que para efecto del impuesto sobre la renta ISR, el primer año se les relevará del pago de dicho impuesto, únicamente tendrían que presentar una declaración informativa, pero no tendrán que realizar el pago de impuestos”.
Resaltó, “si son los contribuyentes más pequeños, es decir, que no tienen ingresos superiores anuales a 300 mil pesos, como puestos semifijos, ellos tampoco van a pagar el Impuesto al valor agregado IVA”.
Comentó una vez que los contribuyentes se den de alta ante el RIF comenzarán a relacionarse con los temas fiscales y podrán expedir facturas que pueden empezar a solicitar y que eso no les va a representar un pago de impuestos. Además de que pasaran a formar parte de la formalidad.
Adicionalmente podrán tener acceso a los servicios de seguridad social del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS), con una cuota disminuida al 50 por ciento. Además podrán tener acceso a créditos para vivienda, podrán acceder a financiamientos en la banca comercial para que puedan hacer crecer su negocio, sin que ello implique un pago de impuestos.
Dijo que el RIF dura 10 años para los contribuyentes que se van incorporando, “el primer año la disminución del ISR es del 100%; el siguiente año va a ser el 90 % y así sucesivamente hasta que en el décimo año ya paguen el 100 por ciento del impuesto. Con la intención de que estos tributarios vayan habituándose al cumplimiento de sus obligaciones fiscales”.
Indicó que una de sus obligaciones fiscales es tener que presentar una declaración bimestral, “este año no deben pagar el ISR, pero si deben informar en ceros. Esto es que a través de una contraseña accedan a internet al aplicativo “mis cuentas” y con ello presenten su declaración y ahí mismo pueden hacer facturas. No requieren de contratar de un servicio de certificación para expedir facturas. Ellos lo pueden realizar”.
“Además tanto el gobierno del estado, el IMSS y el SAT los apoyamos para que puedan cumplir con sus obligaciones fiscales. Si un contribuyente no está muy relacionado con el uso de internet lo podemos orientar en la sala de internet con que cuenta el SAT para efecto de que cumplan con dicha obligación, únicamente necesitan traer la clave única de registro de población (CURP) y con ello ya lo podemos inscribir al RIF”.
Finalmente indicó que por falta de conocimiento sobre el programa algunas personas físicas no se dan de alta a la formalidad, “tienen la errónea idea que pagaran bastantes impuestos, pero no es así”.
Numeraria
100 por ciento disminución del ISR durante el primer año a quienes ingresen a la formalidad