– Plazo del 1 de abril al 31 de mayo
Elena Rojas, Zamora
Según el artículo 123 de la ley federal del trabajo, las empresas tienen del 1 de abril al 31 de mayo para cumplir con el reparto de utilidades a sus trabajadores que hayan laborado por lo menos 60 días en un periodo de un año.
En tanto las personas físicas tienen la obligación de cumplir con ese derecho que tienen los trabajadores del 1 de mayo hasta el 21 de junio.
Señaló Miguel López Mora, secretario general de la Confederación de Trabajadores de México (CTM), región Zamora, indicó que la CTM estará al pendiente de que los trabajadores puedan acceder sin ninguna dificultad a su derecho laboral o para brindarles cualquier asesoría al respecto.
Mencionó que cada empresa destina un monto diferente a sus trabajadores, “esto es de acuerdo a un porcentaje de gravamen que tienen las empresas. Son cálculos que hace cada empresa, porque no todas tienen la misma utilidad”.
Recordó que, de los 21 sindicatos afiliados a la CTM en esta región de Zamora, solamente 5 que son sindicatos de empresa, es decir, que tienen una relación obrero- patronal y un contrato colectivo de trabajo, si están obligados a cumplir con esta obligación. El resto, por tratarse de sindicatos gremiales que carecen de contratos colectivos de trabajo, sus agremiados no tienen dicha prestación, entre ellos los aseadores de calzado, los trabajadores del rastro, músicos, etc.
Dejo en claro que las empresas afiliadas a CTM han sido puntuales para cumplir con esta obligación, “aun y cuando no han pasado por la mejor de las situaciones económicas. Venimos arrastrando las consecuencias de una pandemia, en donde hubo un “atorón” en toda la actividad económica y en la que empieza a haber una recuperación muy lenta de la actividad, pero aun así han sido responsables y esperamos que este año no sea la excepción”.
Finalmente aseguró que en caso de que no cumplan las empresas y personas físicas con su reparto de utilidades, los trabajadores deben acudir al Tribunal de Conciliación Laboral que ahora depende del poder judicial o manifestarlo vía digital, “pues de no cumplir, los patrones se harán acreedores a multas”.