- Dispositivos están prohibidos por la legislación ambiental y agrícola
Oscar De La Rosa, Zamora
Ante los rumores sobre la presunta utilización de cañones antigranizo en la región y la preocupación por el retraso en la llegada de las lluvias, se descartó tener reportes recientes sobre el uso de estos dispositivos en Zamora y recordaron que su operación está prohibida por la legislación vigente.

El director de Desarrollo Rural y Fomento Industrial, Felipe de Jesús Cortez Espinoza, explicó que tanto la Ley de Desarrollo Rural Sustentable como la Ley General del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente establecen restricciones para el uso de estos instrumentos, los cuales son empleados por algunos productores bajo la creencia de que pueden evitar la formación de granizo.
Aseguró que durante el presente año no se han recibido denuncias relacionadas con la utilización de cañones antigranizo en comunidades o zonas agrícolas de Zamora; sin embargo, reconoció que en años anteriores sí se atendieron uno o dos reportes, los cuales fueron canalizados a las instancias correspondientes para su verificación.
También abordó la creencia popular de que los cohetes y la pirotecnia pueden alterar los ciclos naturales de lluvia y explicó que estos artefactos tienen un alcance y una capacidad de emisión sonora considerablemente menor a la de un cañón antigranizo, por lo que resulta muy difícil que puedan generar modificaciones en los fenómenos meteorológicos.
Aclaró que actualmente no existe una prohibición específica para el uso de pirotecnia relacionada con este tema, pero cualquier ciudadano que detecte la posible utilización de cañones antigranizo puede presentar una denuncia ante la Dirección de Desarrollo Rural, la Dirección de Ecología o la delegación regional de la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural.
Finalmente, agregó que una vez recibida la información, se realiza un reporte y se procede a una verificación para determinar si efectivamente se utilizan estos equipos.En caso de confirmarse su uso, inicialmente se emite un apercibimiento para que la actividad sea suspendida; de persistir la conducta, podrían aplicarse sanciones administrativas.


