–Da el triunfo de Baltazar Gaona Sánchez a la presidencia municipal de Tarímbaro
Morelia,
A primera hora de ayer, la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) ratificó la anulación de las elecciones en Sahuayo, y el triunfo de Baltazar Gaona Sánchez a la presidencia municipal de Tarímbaro.
En una sesión que fue prorrogada en su inicio en cuatro ocasiones para finalmente arrancar a las 23 horas del lunes y finiquitar en la madrugada de este martes, los magistrados mostraron diferencias en los argumentos de la Sala Regional Toluca tanto en el caso Sahuayo como el de Tarímbaro.
En el caso Sahuayo los magistrados ratificaron la nulidad de la elección pero con argumentos diferentes a los esgrimidos por la Sala Regional, aunque de fondo coincidieron
Sobre el Recurso de Consideración número 618, la Sala Superior determinó uso de recursos públicos a favor del abanderado panista Armando Tejeda Cid, quien inicialmente había ganado la elección en Sahuayo.
El magistrado Flavio Galván Rivera señaló que si bien se anula la elección no es por las razones esgrimidas en su momento en la sentencia de la Sala Toluca.
“Las causales de nulidad fueron conductas graves y reiteradas que se vinieron dando previas al proceso electoral y que continuaron durante éste durante su etapa preparatoria y los tiempos posteriores”.
Al razonar su voto, la magistrada María del Carmen Alanís Figueroa señaló que no se reunieron los elementos de una elección constitucional, y refirió las transferencias de partidas municipales al equipo de futbol del candidato Armando Tejeda Cid”.
En tanto el magistrado Manuel González Oropeza señaló que en este caso no sólo hubo la asociación personal de Tejeda Cid como presidente del equipo de futbol, sino un conflicto de interés, “no se cuidó de la equidad de la contienda electoral, por lo que coincidió que habrá que anular la elección por estas irregularidades que son graves”.
Por lo que toca al caso Tarímbaro los magistrados difirieron de los argumentos de la Sala Regional, mismos que consideraron insuficientes para decretar la nulidad de la elección.
Con el voto en contra del magistrado Flavio Galván Rivera, el resto de los magistrados aprobaron el proyecto de sentencia que lo único que hizo fue modificar el número de votos obtenidos por Gaona Sánchez, ya que le restaron los sufragios que le llegaron vía el Partido Encuentro Social, porque dicho instituto político no podía ir en coalición con ningún otro debido a que es de reciente creación.