-Dan a conocer Nuevo Código Nacional de Procedimientos Penales
Elena Rojas, Zamora
“ En México no se respeta la presunción de inocencia, el abuso de la prisión preventiva vulnera el estado de derecho, además por el retraso que sigue enfrentando nuestro sistema de justicia países europeos nos ven a los mexicanos como si estuviéramos en taparrabos, puesto que muchos medios de comunicación e incluso autoridades preventivas son muy dados a exhibir y presentar como culpables a personas que no han sido sentenciadas y lamentablemente la estigmatización social difícilmente se puede quitar», señaló José Jesús Cázares Ramírez, titular del área de derecho penal del Instituto de Investigaciones Jurídicas del Valle de Zamora.
Mencionó que actualmente algunos periodistas pueden presentar en cadena nacional a un inculpado y prácticamente declararlo y confesarlo, “esto en países europeos es impensable ¿dónde queda la presunción de inocencia? Un medio de comunicación no debe decir que detuvo a un homicida, sino simplemente decir que una persona fue detenida acusada por un homicidio”.
Esa es parte de la cultura, dijo, que los medios deben de conocer para que en México se vigile ese aspecto y se apliquen los tratados internacionales, como es el principio de presunción de inocencia del debido proceso y en consecuencia es en beneficio de toda la sociedad.
Citó como ejemplo que parte de ese problema fue el sonado caso de la francesa Florence Cassez, “por haber sido presentada ante medios de comunicación en automático la gente la consideró culpable, nunca se decretó que era inocente, sino que se violó su debido proceso, el respeto a su integridad y dignidad y eso propició que se le concediera un amparo”.
De ahí que, abundó, se requiere que tanto sociedad, operarios jurídicos y medios de comunicación “sepamos analizar estos principios y tratados para que sean ley vigente y en esa medida hacer un derecho penal más acorde con la legislación actual”.
Recalcó la importancia de que se respete la presunción de inocencia, toda vez que dijo “nadie está exento de ser acusados de un delito, quizá menor, y que el estado nos trate como inocentes, es decir, no nos detenga de inmediato sino que busque otros medios para un debido proceso y si no se atiende las condiciones que impone el estado, entonces sí que se restrinja de la libertad, pero esto debe ser conforme a los tratados internacionales, el último recurso al que el estado debe intervenir cuando no hay otro medio diferente para que el proceso tenga un buen seguimiento”.
Ese es uno de los temas que sobresalió durante su ponencia denominada “Nuevo Código Nacional de Procedimientos Penales”, organizado por el instituto del cual forma parte, ponencia que se impartió a la comunidad jurídica en la Casona Pardo el pasado jueves.
Numeraria
2008 entro en vigor nuevo sistema de justicia oral
5 de marzo del 2014 entra en vigencia el nuevo código nacional de procedimientos penales